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Contabilidad de Criptomonedas en Chile [Guía 2021]

Contabilidad de Criptomonedas

CONTABILIDAD DE CRIPTOMONEDAS EN CHILE

TODO LO QUE DEBES SABER PARA REGISTRARLAS EN LA CONTABILIDAD

 

 

Antes de comenzar con el tratamiento contable, primero debemos responder las siguientes preguntas:

 

 

A- QUE ES UNA CRIPTOMONEDA?

 

Las criptomonedas, también llamadas criptodivisas o criptoactivos, son un medio digital de intercambio. Cumple la función de una moneda, y de ahí que se las conozca con ese nombre. Sin embargo, es algo totalmente digital, que utiliza métodos criptográficos para asegurar sus transacciones financieras, controlar la creación de nuevas unidades y verificar la transferencia de activos.

 

«Son un medio digital de intercambio y cumple la función de una moneda…….»

 

Por lo tanto, podemos considerarlas como una alternativa a las monedas convencionales, las cuales son centralizadas y organizadas por entidades y bancos, y reguladas por los países.

 

La criptomoneda se crea a través de un proceso denominado como “minería”, donde los mineros van añadiendo los registros de las operaciones que se realizan en el libro mayor de cada una.

 

 

 

B- QUE DIFERENCIA EXISTE CON LAS MONEDAS TRADICIONALES?

 

La diferencia que existe entre las Criptomonedas con las monedas convencionales (el peso chileno CLP, USD, EURO, etc) es que las criptomonedas no están centralizadas, es decir, que no son controladas por el gobierno.

 

 

 

C- CUANTO VALE UNA CRIPTOMONEDA?

 

El valor de cada criptomoneda es variable, y que en los últimos tiempos está habiendo una especulación similar a los activos bursátiles (acciones, cuotas de fondos mutuos, cupones, opciones, etc). Por lo tanto, hay mucha gente que está comprando e inviertiendo en criptomonedas, para posteriormente venderlas y así ganar dinero.

 

 

Ahora que ya sabemos que es una Criptomoneda, y lo que representa, continuaremos con algunos tips y definiciones que hay que tener en cuenta para elaborar una correcta «Contabilidad de Criptomonedas».

 

 

 

1- LAS CRIPTOMONEDAS SE DEBEN REGISTRAR EN LA CONTABILIDAD?

 

 

La respuesta es SI, aunque como vimos anteriormente la criptomoneda es el equivalente a una moneda digital (no regulada aún) y por lo tanto aún no puede considerarse como dinero de curso legal, se trata de una moneda electrónica con una unidad de medida (de valorización) y por lo tanto se puede utilizar entre compradores y vendedores, en ciertos mercados y países, por lo tanto son transacciones (hechos ecónomicos y contables) que deben registrarse en la Contabilidad de las empresas.

 

«Si, deben registrarse en la Contabilidad, son producto de una transacción y tienen una valorización…….»

 

Este es un medio de pago al portador (entre las partes) y estas transacciones son realizadas con Criptomonedas (como un medio de pago o cobro) por consiguiente operaciones que se deben registrar en la Contabilidad.

 

 

 

2- DEFINICIONES DE LA NORMATIVA IFRS?

 

 

Todas las empresas y sociedades en Chile, deberían registrar sus operaciones y llevar su Contabilidad de acuerdo con «Normas Internaciones de Información Financiera IFRS» o «NIIF» por su sigla en inglés. Las cuales son obligatorias desde 2010 para las Grandes Empresas y desde 2013 para las Pymes y públicadas por el Colegio de Contadores de Chile AG.

 

 

Definición de «Activos» según IFRS:

 

La definición más amplia según IFRS indica que un «activo» es un recurso controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados del que la entidad espera obtener beneficios económicos futuros.

 

«Las Criptomonedas son un «activo» bajo IFRS».

 

 

2.1- QUE TIPO DE ACTIVO ES?

 

 

Hemos concluido que las Criptomonedas son un «activo» según la normativa IFRS, por consiguiente deben estar incorporadas en la Contabilidad de cualquier empresa, ahora la pregunta del millón, ¿Qué tipo de Activo es?:

 

 

– Son Efectivo (disponible)?:

 

La respuesta es NO,  todos podríamos llegar a concluir que lo más lógico es contabilizar las criptomonedas bajo los criterios del «Efectivo», teniendo en cuenta que pueden considerarse como otra forma de dinero (es una moneda digital), pero no es tan sencillo porque no son monedas como tal, es decir, no están completamente reguladas y no son emitidas por el Estado o Banco Central.

 

Actualmente las Criptomonedas no son emitidas de forma física y tampoco cuentan con el respaldo de ningún gobierno o Estado en el Mundo.

 

 

– Son Equivalentes al Efectivo?:

 

La respuesta es NO, dado que el valor de las Criptomonedas es muy cambiante, por lo tanto, existe un alto riesgo significativo de cambios en su valor.

 

 

 

– Son Instrumentos Financieros?:

 

La respuesta es NO, dado que las Criptomonedas no otorgan al tenedor (dueño) un derecho contractual ni una obligación de recibir efectivo u otro activo financiero a cambio.

 

 

 

– Son Activos inmobilizados, Propiedad, Planta o Equipos?:

 

La respuesta es NO, dado que las Criptomonedas no tienen forma física (es solo digital), por lo tanto no son similares a los Terrenos,  Construcciones, Edicios, Maquinarias, Equipos, etc.

 

 

– Son Existencias?:

 

La respuesta es DEPENDE, dado que las Criptomonedas no tienen forma física (son digitales), la respuesta puede ser SI en el caso que las Criptomonedas se mantengan para su venta en el curso ordinario del negocio, y la respuesta puede ser NO si es que no cumple con el requisito anterior (no debemos olvidar que las Criptomonedas pueden no negociarse con la suficiente frecuencia dado por los constantes en el mercado).

 

 

– Son Activos Intangibles?:

 

La respuesta es SI, las Criptomonedas cumplen con los requisitos de las definiciones de «Intangibles» los cuales son: identificable para ser vendida, intercambiada o transferida individualmente; no es efectivo ni activo no monetario; no tiene forma física.

 

 

«Las Criptomonedas pueden clasificarse como «activo Intangible» bajo IFRS».

 

 

 

 

3- EXISTE NORMATIVA IFRS ESPECIFICA SOBRE CRIPTOMONEDAS?

 

 

La International Accounting Standard Board (IASB), organismo a cargo de impartir la Normativa Internacional de Información Financiera, al día de hoy «no ha emitido» una norma específica que regule la Contabilidad de Criptomonedas (monedas digitales), o en su defecto, a modificar las definiciones de activo o activos líquidos equivalentes para que las criptodivisas puedan incluirse en el concepto.

 

Dado el gran avance de las Criptomonedas, podríamos pensar que el IASB, emita proximamente un norma específica sobre la Contabilidad de Criptomonedas, porque aún quedan asuntos por resolver, como por ejemplo: la medición posterior, la misma clasificación, su agrupación, los conceptos, los criterios, etc.

 

 

Te dejamos el Link, de las Normas Internacionales de Información Financiera en español: https://www.nicniif.org/home/iasb/que-es-el-iasb.html

 

 

 

CONTACTO:

 

El presente Blog, ha sido preparado exclusivamente para compartir información de interés nacional de Contabilidad.

 

Por si solo constituye una guía general y no una asesoría Contable en especifico.

 

Nuestra recomendación para los usuarios que la reciban es siempre obtener una asesoría profesional especifica en materia Contable la cual permita tomar decisiones.

 

 

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